Un agente de planta permanente fue cesanteado tras faltar varios días consecutivos sin justificación, configurando abandono de cargo. La medida incluye auditorías para verificar el cobro de haberes durante ese período.
Un nuevo caso de despido en la administración pública puso en foco las políticas de control de asistencia. Se trata de un agente de planta permanente que fue cesanteado tras comprobarse inasistencias injustificadas durante varios días consecutivos, lo que derivó en la figura de abandono de cargo.
El episodio se enmarca en una línea de gestión que busca reforzar la disciplina interna y el uso eficiente de los recursos del Estado. Desde el Ejecutivo se remarcó que este tipo de medidas marca una diferencia respecto de etapas anteriores, donde los controles eran más laxos.
Según se detalla en la documentación oficial, el ex agente faltó sin justificación durante cinco días hábiles consecutivos, lo que fue determinante para configurar el abandono. La cesantía recayó sobre Sebastián Ramón Mansilla, quien se desempeñaba en una subsecretaría General. En el decreto correspondiente se lo responsabiliza por «abandono de cargo atento a las inasistencias injustificadas continuas».
La medida no se limita al despido. En paralelo, se ordenó avanzar con auditorías para determinar si el ex agente percibió haberes sin haber cumplido funciones durante ese período. En caso de confirmarse, la administración iniciará acciones para recuperar los fondos. Incluso, se prevé que si no hay devolución, se dé intervención a la Fiscalía de Estado, ya que podría configurarse un caso de enriquecimiento sin causa.
El proceso administrativo comenzó en mayo de 2024, cuando se ordenó la instrucción de un sumario. El agente fue citado en dos oportunidades a audiencias, pero no se presentó en ninguna, lo que agravó su situación. Durante la investigación se constató que el trabajador no presentó certificados médicos, no justificó sus ausencias ni utilizó licencias.
En el decreto también se recuerda la obligación de los empleados públicos de prestar servicios de manera personal y continua, bajo los principios de eficiencia y rendimiento establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo.
