Eliminan trámite clave para la importación de pinturas, lacas y barnices: en qué consiste

Compartir:

El Ministerio de Salud emitió una resolución que modifica los procedimientos para la importación de productos, estableciendo una nueva normativa sobre los niveles permitidos de plomo en los mismos.

  • El Gobierno celebró el rumbo de la economía y adelantó las medidas para el repunte en un sector clave

  • Sturzenegger explicó cómo será la transformación del Banco Nación en sociedad anónima

En resumen, esta modificación busca simplificar el proceso para los importadores

El Ministerio de Salud emitió una resolución este jueves que modifica una resolución que regula la fabricación, comercialización y destino de productos como pinturas, lacas y barnices, limitando los niveles de plomo presentes en ellos. En esta nota, se destacan los principales cambios y disposiciones de la nueva normativa:

  • Declaración Jurada Previa: Se establece que, antes de la importación definitiva para consumo, se deberá presentar una declaración jurada que certifique la ausencia de plomo en las concentraciones especificadas. Esta declaración será suficiente para liberar la mercadería, siempre que se cumplan otros requisitos aduaneros.

  • Control Aduanero: La Dirección General de Aduanas (ARCA) será responsable de aplicar controles de importación de estos productos conforme a los procedimientos establecidos por la Resolución N° 44/98. Además, se implementará un análisis de riesgo aduanero según la Resolución General N° 2.605.

  • Fiscalización Ex Post: El Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) será el encargado de verificar, de manera posterior, el cumplimiento de la normativa. Esto incluirá la toma de muestras representativas de los productos para evaluar la veracidad de la declaración jurada y la conformidad con los requisitos establecidos.

  • Exclusiones: Se excluyen de la prohibición establecida en el artículo 1º de la Resolución las pinturas de látex, tintas gráficas, productos destinados a usos artísticos, industriales y en vehículos y equipos especializados. Estos productos no requieren la declaración jurada mencionada anteriormente.

  • Rotulación Obligatoria: Los productos excluidos que contengan plomo en concentraciones superiores a las establecidas deberán estar debidamente rotulados, indicando advertencias sobre los riesgos de salud asociados a la ingestión de plomo.

  • Sanciones: Las infracciones a las disposiciones de la resolución serán sancionadas de acuerdo con la Ley N° 24.240 y el Decreto N° 274/19.

Finalmente, se derogan ciertos artículos previos de la Resolución 7/2009 y la Resolución 436/09 del Ministerio de Salud, ajustando la normativa a los nuevos procedimientos y criterios establecidos.

En resumen, esta modificación busca simplificar el proceso para los importadores, mantener la seguridad sanitaria y adecuar las restricciones a las realidades del mercado, especialmente en lo que respecta a la importación y comercialización de pinturas y productos similares.

También puede interesarte

La Justicia falló a favor de Tamara Báez en su conflicto de intereses con L-Gante: el veredicto

Este viernes se conoció la resolución de la Justicia en el conflicto legal entre Tamara Báez...

El gobierno espera tres meses de inflación alta y apuesta a la pelea de Cristina y Kicillof para taparla

En el gobierno de Javier Milei creen que después del salto de los precios en marzo se vienen...

Parte de Río Negro está bajo alerta amarilla por lluvias intensas

Parte de la provincia de Río Negro está bajo alerta amarilla por lluvias intensas para este domingo 20...