Fondo de Asistencia Laboral: desde cuándo y cómo funcionará el nuevo sistema que cubrirá las indemnizaciones

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El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que comenzará a regir en noviembre y funcionará como un seguro para que las empresas afronten indemnizaciones por despido. Aún resta definir el límite de inversión y aspectos operativos.

El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) mediante el Decreto 408/2026, publicado esta semana en el Boletín Oficial. El esquema comenzará a funcionar a partir del 1º de noviembre, con el objetivo de reemplazar parcialmente el impacto económico de las indemnizaciones laborales para las empresas.

El sistema establece que los empleadores realicen aportes mensuales a un fondo especial administrado por entidades financieras autorizadas. Ese dinero estará disponible en caso de que la empresa deba afrontar el pago de una indemnización por despido. Según fuentes oficiales, el FAL funcionará como un «seguro laboral» financiado por las empresas, con el fin de dar previsibilidad a los empleadores y reducir riesgos financieros.

Aún resta una decisión del ministro de Economía, Luis Caputo, sobre el límite de inversión permitido, y la definición de aspectos operativos por parte de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Según trascendió, la intención es que el dinero tenga alta liquidez para su uso rápido ante eventuales despidos. Las entidades financieras y los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) esperan que la CNV publique las reglas concretas sobre la aprobación de fondos, los activos habilitados para invertir y los procedimientos administrativos.

La reglamentación establece que el FAL será exclusivo para empleadores del sector privado y alcanzará únicamente a trabajadores registrados formalmente durante al menos los últimos doce meses previos a la desvinculación. Cada empresa deberá abrir una cuenta individual en un fondo común de inversión o fideicomiso habilitado por la CNV, con un identificador único llamado «ID FAL», que deberá ser informado a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A través de ese sistema, ARCA procesará automáticamente los aportes junto con la declaración de seguridad social. Si una empresa no informa el ID FAL, la CNV podrá asignarle un fondo de manera automática.

La normativa fija que las comisiones de administración no podrán superar el 1% anual y que las inversiones solo podrán realizarse en instrumentos financieros del mercado argentino. En caso de despido, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica con el cálculo indemnizatorio, y la entidad administradora tendrá hasta cinco días hábiles para transferir el dinero al trabajador. El sistema también contempla sanciones económicas para las empresas que incumplan sus obligaciones y establece que los fondos estarán exentos del impuesto a los créditos y débitos bancarios.

Con información de Infobae, editada y redactada por un periodista de ADNSUR.

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