El Poder Ejecutivo oficializó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), herramienta de la reforma laboral que establece aportes mensuales obligatorios por parte de los empleadores para cubrir indemnizaciones por despido. El sistema comenzará a aplicarse el 1 de noviembre.
El Gobierno nacional avanzó en la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las herramientas centrales incluidas dentro de la reforma laboral sancionada meses atrás. La medida, oficializada a través del Boletín Oficial, establece los lineamientos operativos de este esquema que modifica la lógica tradicional de las indemnizaciones por despido en el sector privado.
El sistema, que comenzará a implementarse a partir del 1 de noviembre, propone que los empleadores constituyan un fondo específico mediante aportes periódicos destinados a cubrir eventuales desvinculaciones laborales. De este modo, se busca garantizar la disponibilidad de recursos al momento de afrontar una indemnización, reduciendo riesgos financieros y previsionales para las empresas.
Según lo dispuesto en la normativa, cada empleador deberá abrir una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado. Estos instrumentos estarán regulados y supervisados por organismos competentes, y deberán cumplir criterios de seguridad, liquidez y diversificación para asegurar la cobertura de las obligaciones laborales.
El esquema está dirigido exclusivamente a relaciones laborales registradas del sector privado, quedando excluidos tanto el empleo público como aquellos vínculos expresamente exceptuados por la legislación vigente. Además, se establece una condición clave: solo podrán acceder a la cobertura aquellos trabajadores que hayan estado debidamente registrados durante al menos doce meses previos a la finalización de la relación laboral.
En términos operativos, los aportes al FAL se integrarán al sistema de seguridad social. Será la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la encargada de canalizar las contribuciones mensuales hacia las cuentas correspondientes. En caso de que el empleador no informe el fondo elegido dentro de los plazos establecidos, la asignación se realizará de manera automática para garantizar la continuidad del sistema.
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es el mecanismo de pago de las indemnizaciones. Ante una desvinculación, el empleador deberá presentar una declaración jurada electrónica, tras lo cual la entidad administradora verificará los datos y procederá a transferir los fondos directamente al trabajador. El plazo máximo para la acreditación será de cinco días hábiles.
A pesar de este nuevo esquema, la responsabilidad sobre el cálculo de la indemnización seguirá recayendo en el empleador, quien deberá determinar el monto correspondiente conforme a la legislación vigente.
El sistema también incorpora beneficios fiscales. Las contribuciones realizadas al FAL podrán deducirse del Impuesto a las Ganancias y, en determinados casos, implicarán una reducción equivalente en las cargas patronales. A su vez, las cuentas vinculadas al fondo estarán exentas del impuesto a los débitos y créditos bancarios.
En paralelo, la normativa fija límites a las comisiones de administración, que no podrán superar el 1% anual del total de los activos gestionados. Asimismo, restringe las inversiones a instrumentos financieros locales, con el objetivo de fortalecer el mercado de capitales argentino y reducir la exposición a riesgos externos.
Otro aspecto relevante es la portabilidad del sistema. Los empleadores podrán cambiar de entidad administradora, trasladando los fondos acumulados, lo que introduce mayor competencia entre los gestores y flexibilidad operativa. También se contemplan situaciones como reorganizaciones empresariales, transferencias de personal o cambios en la estructura societaria.
En cuanto al control, se establecen sanciones para quienes incumplan con las obligaciones de aporte. Las multas podrán derivar en ejecuciones fiscales, mientras que los fondos recaudados por penalidades serán destinados a fortalecer el sistema de seguridad social.
Con esta reglamentación, el Ejecutivo avanza en uno de los pilares de la reforma laboral, en medio de un contexto económico donde la previsibilidad en los costos laborales y la protección ante despidos aparecen como ejes clave del debate entre empresarios, trabajadores y sindicatos.
La puesta en marcha del FAL marcará un cambio estructural en la forma en que se financian las indemnizaciones en Argentina, trasladando el foco desde un esquema reactivo hacia uno de previsión anticipada.
