La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro redujo a la mitad la vigencia de los certificados de libre deuda y fijó un interés del 2,4% para la sexta cuota de los impuestos automotor e inmobiliario.
La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro puso en marcha una serie de modificaciones administrativas y económicas que repercuten de forma directa en las obligaciones de los contribuyentes. Mediante dos resoluciones publicadas en el último Boletín Oficial, el organismo provincial ajustó los tiempos para realizar trámites y definió los costos de financiación para los impuestos de pago periódico.
El cambio más sorpresivo apunta a la dinámica burocrática diaria. A través de la Resolución 320/2026, el Estado provincial aplicó un recorte drástico sobre la fecha de vencimiento del certificado único de libre deuda. Hasta este anuncio, los vecinos y empresas contaban con una ventana de sesenta días corridos para utilizar esta documentación, un margen que ahora quedó reducido exactamente a la mitad.
Trámites a contrarreloj
El titular del ente recaudador, Alejandro Palmieri, rubricó la medida con el objetivo de dinamizar los controles fiscales y asegurar la actualización de los datos. Entre los fundamentos de la norma, el funcionario explica que el Ejecutivo consideró oportuno «establecer el plazo de treinta días corridos como plazo de vigencia del Certificado a partir de su emisión».
Este papel resulta fundamental para demostrar que una persona o firma no registra números en rojo con el fisco provincial, ya que el documento involucra a todos los tributos recaudados por la agencia. Al achicar la validez a un solo mes, los contribuyentes deberán acelerar sus presentaciones comerciales o inmobiliarias para evitar que el comprobante caduque en pleno proceso.
Intereses sobre ruedas y ladrillos
En paralelo al reordenamiento de los papeles, el equipo económico también definió los números finos para el próximo vencimiento impositivo. La Resolución 323/2026 determinó cuál será el costo de financiación para todos aquellos rionegrinos que abonan sus obligaciones bajo la modalidad de cuotas mensuales.
El Ejecutivo fijó en el 2,4% la tasa de interés aplicable para la cuota número seis del año en curso, afectando directamente al impuesto Inmobiliario y al de los Automotores. Para brindar certezas sobre el mecanismo de liquidación, el texto oficial aclara que este porcentaje de recargo «se calculará sobre el importe facturado en la cuota inmediata anterior».
Un tope atado a los salarios
Para aplicar este nuevo ajuste, la agencia recaudadora debió enmarcarse en los límites que impone la ley impositiva vigente. La normativa provincial exige que el aumento de estas tasas se mantenga bajo un tope específico atado a la evolución de los sueldos en el país.
En este sentido, la resolución detalla que el recargo toma como referencia excluyente la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, un índice económico publicado por la Secretaría de Trabajo de la Nación. Dicho valor constituye el «parámetro legal máximo aplicable para la determinación» de la cuota en curso, garantizando un tope en la actualización de las obligaciones fiscales de los vecinos.
