El magistrado Raúl Ojeda repuso el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral, que fija un tope para los intereses en juicios laborales. La medida busca dar previsibilidad a las empresas y evitar deudas «impagables», aunque sectores gremiales y académicos expresaron críticas.
El juez del Juzgado del Trabajo N°63, Raúl Ojeda, repuso el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral (27.802). Esta norma establece que los intereses de las indemnizaciones se calcularán aplicando la tasa pasiva del Banco Central (BCRA) como base, pero con un límite máximo equivalente al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un 3% anual. El objetivo es actualizar los créditos laborales judicializados.
Según la reforma, esta combinación (CER + 3%) funciona como el tope legal para los cálculos en procesos laborales y pretende evitar la capitalización excesiva de intereses, que ocurría con mecanismos anteriores. La medida fue incluida para dar previsibilidad a las empresas sobre el costo final de los juicios y eliminar deudas que, según muchos empresarios, se volvían «impagables» por las tasas de interés judicial previas.
«Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva», explicó el juez Ojeda en el reciente fallo.
El magistrado detalló que un estudio de la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo de la República Argentina consideró que la medida que él había tomado inicialmente (suspender el artículo) perjudicaba a los trabajadores. Esto se debe a que en varias provincias la doctrina legal establece sistemas de actualización de deuda con un impacto menor que el fijado en la nueva ley.
La reforma también habilita que, en ciertas sentencias judiciales, las indemnizaciones puedan pagarse en hasta 12 cuotas para PyMEs o personas físicas, y hasta 6 cuotas para grandes firmas o multinacionales. A partir de ahora, el BCRA habilitará una calculadora oficial para aplicar estos nuevos parámetros en los juicios laborales por indemnizaciones.
Días atrás, el juez Ojeda había suspendido 82 artículos de esta nueva legislación, una acción que fue celebrada por la Confederación General del Trabajo (CGT). La Ley de Modernización Laboral fue sancionada el pasado 27 de febrero, impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei.
