La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal desestimó el recurso presentado por la defensa de Lázaro Báez para que se le permitiera continuar cumpliendo su condena bajo arresto domiciliario.
Los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos confirmaron así la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 (TOF 4), que había ordenado el traslado del empresario a la Unidad Penal N° 15 del Servicio Penitenciario Federal, ubicada en Río Gallegos. Báez fue condenado por lavado de dinero agravado en la causa conocida como la “Ruta del Dinero K”.
Desde 2022, Báez cumplía prisión domiciliaria con tobillera electrónica en su vivienda de El Calafate. Sin embargo, el pasado 11 de junio fue trasladado al penal luego de que el juez Néstor Costabel, presidente del TOF 4, argumentara que la condena ya se encuentra firme, lo que hace exigible su cumplimiento. El magistrado rechazó así los argumentos de la defensa, que solicitaban que el empresario permaneciera en su casa.
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La defensa había apelado una resolución anterior del TOF 4, que se dictó luego de que la Cámara de Casación ordenara revisar el expediente, prestando especial atención al estado de salud de Báez y al impacto que podría tener la unificación de sus condenas en una única pena de 15 años de prisión. Esa pena integra los 10 años que recibió por lavado de activos agravado y los 6 años por defraudación al Estado en la causa conocida como “Vialidad”.
Lázaro Báez, de 68 años, presenta actualmente varios problemas de salud, entre ellos hipertensión, diabetes tipo 2 y asma.
“La situación en la que está es desesperante, comparte un baño con otras 10 personas, es diabético, asmático, no socializa, a poco de llegar, sufrió un fuerte cuadro respiratorio y lo debieron llevar al Hospital de Río Gallegos, hace dos días se descompuso otra vez”, detalló a La Nación, la abogada Yanina Nicoletti, quien lo había visitado en la cárcel y el pasado 29 de agosto, presentó el recurso de casación solicitando el regreso al régimen de prisión domiciliaria que finalmente fue rechazado.
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Votación
En el análisis del pedido de prisión domiciliaria, según consignó Infobae, el juez Carbajo consideró improcedente abordar la situación de salud de Lázaro Báez en esta instancia, señalando que la defensa debía presentar un nuevo pedido ante el TOF 4 y, solo en caso de rechazo, recurrir a la Cámara de Casación.
Por su parte, el juez Hornos sostuvo que no se encontraban acreditados los requisitos para conceder la prisión domiciliaria, los cuales, según su criterio, deben interpretarse de manera restrictiva.
En tanto que Borinsky propuso conceder la prisión domiciliaria. Fundamentó su postura en que el tribunal de ejecución omitió, en dos oportunidades, realizar un análisis efectivo sobre la situación actual de salud del condenado. El juez calificó de arbitraria la decisión de enviarlo a una unidad penitenciaria únicamente por la firmeza de una de las condenas, sin considerar que se le había otorgado arresto domiciliario por razones de salud en otra causa ante el mismo tribunal.
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Subrayó que Báez había cumplido durante cinco años las obligaciones inherentes a la prisión domiciliaria, y que la modificación de su régimen de detención se realizó sin una revocación previa por incumplimientos, a pesar de que la unificación de condenas aún no está firme.
De esta manera, con el voto de dos de sus jueces, la mayoría de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la negativa a conceder la prisión domiciliaria a Lázaro Báez.
Con información de La Opinión Austral