La Justicia del Noroeste de Chubut confirmó una indemnización solidaria contra el conductor, el dueño del vehículo y la aseguradora por un accidente ocurrido en 2020 en el centro de Esquel.
La Cámara de Apelaciones de la Circunscripción del Noroeste ratificó una condena de 47.647.581,13 pesos por un accidente de tránsito ocurrido el 14 de diciembre de 2020 en Esquel. El fallo establece responsabilidad solidaria entre el conductor, el titular registral del vehículo y la compañía aseguradora Antártida Cía. Argentina de Seguros S.A.
El siniestro se produjo alrededor de las 18 horas en la intersección de la calle Chacabuco y la Avenida Fontana. Según la pericia mecánica, un automóvil Volkswagen Gol Trend ingresó primero a la intersección y ya había superado la mitad de la calzada cuando una camioneta Ford F100, que circulaba a más de 36 km/h, impactó contra su lateral delantero izquierdo. El impacto hizo que el auto girara 175 grados y chocara contra un tercer vehículo estacionado, mientras que la camioneta avanzó más de 35 metros hasta montarse sobre el boulevard. El conductor del auto fue trasladado al hospital local.
El juez de primera instancia, Guillermo Gregorio, y los jueces de la Cámara de Apelaciones, Jorge L. Früchtenicht y Günther E. Flass, determinaron que la obligación de pago es solidaria y concurrente. El conductor fue condenado por negligencia al no respetar la prioridad de paso de quien circulaba por la derecha (Art. 41 de la Ley 24.449) y por exceso de velocidad. El titular registral de la camioneta fue considerado solidariamente responsable por el riesgo creado por la cosa, y su intento de desvincularse mediante una denuncia de venta realizada en 2023 fue rechazado. La aseguradora fue citada en garantía y su responsabilidad es concurrente en la medida del seguro.
La liquidación definitiva fue aprobada el 28 de octubre de 2025. El monto total incluye un capital de 12.659.771,27 pesos más intereses acumulados desde la fecha del siniestro. Ante la falta de pago voluntario, en 2026 se ordenaron embargos preventivos sobre los activos financieros de la aseguradora en todas las entidades bancarias del país hasta cubrir la indemnización y los gastos del proceso. La condena quedó firme tras el desistimiento de la apelación por parte de la aseguradora en agosto de 2025.
