Un tribunal compuesto por tres jueces técnicos y dos ciudadanos declaró penalmente responsable del delito de extorsión a Juan Emilio Llaipén, el ex policía de Esquel acusado de amenazar a un detenido y obligarlo a firmar la transferencia de su camioneta a un tercero.
El viernes 24 se realizará la audiencia para debatir la pena a imponer. A requerimiento de la Fiscalía y con oposición del defensor particular, los jueces dictaron la prisión preventiva de Llaipén hasta la lectura de la sentencia. En esa oportunidad se volverá a discutir la medida.
El presidente del tribunal expuso los fundamentos del veredicto, descartando los cuestionamientos realizados por el defensor Daniel Sandoval en su alegato de cierre. Desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) señalaron que esas objeciones fueron realizadas sobre el final del debate, sin planteos previos. Esa actitud fue calificada por la fiscal María Bottini como una “emboscada procesal”.
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La audiencia realizada este jueves, donde se declaró culpable al expolicía.
Al tribunal no le quedó ninguna duda de que el acusado intimidó a la víctima y lo obligó a firmar el formulario 08. En el video captado por una cámara de seguridad de la Comisaría Primera, se vio la exhibición del arma de fuego por parte de Llaipén. El tribunal señaló que el hecho de que un empleado policial se saque el arma reglamentaria y se la entregue a un compañero frente a un detenido representa una clara amenaza. El veredicto también se refirió a que los policías no pueden ingresar al pabellón de detenidos con el arma reglamentaria.
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Respaldando el planteo de la Fiscalía, el tribunal computó los mensajes entre Llaipén y el beneficiario del 08, en los que decían que debían meterle miedo a la víctima.
El tribunal consideró además que Llaipén no tenía ningún motivo válido para ingresar al sector de detenidos y tampoco para hablar con la víctima de la extorsión, que se encontraba en situación de vulnerabilidad, más aún porque era la primera vez que estaba detenido en una comisaría.
Respecto del concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, el tribunal entendió que no fue suficientemente acreditado el modo en que se produjo ese incumplimiento. Por lo tanto, lo absolvió de ese tipo penal, aclarando que su calidad de funcionario público y las irregularidades que como tal cometió para llevar a cabo la extorsión serán tenidas en cuenta como agravantes a la hora de determinar la pena.