ARCA definió la fecha para la «feria tributaria» de este año: cuándo es?

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció los días para la “feria tributaria” de este año, de manera que los plazos formales para los diferentes procedimientos que lleva a cabo el organismo se postergan.

Del 14 al 25 de julio, ARCA suspenderá el cómputo de los plazos procedimentales vinculados con la fiscalización, percepción y aplicación de tributos a su cargo, conforme lo establece la Resolución General 5712/2025 que se publicó este martes en el Boletín Oficial.

Arca Agencia de Recaudación y Control Aduanero Afip

ARCA con novedades para los contribuyentes.

Mariano Fuchila

ARCA definió fecha para «feria tributaria»

La feria fiscal se alinea con lo dispuesto por la Corte Suprema mediante la Acordada 9/2025, en sintonía con las vacaciones escolares de invierno y la feria judicial nacional.

El sitio especializado Blog del Contador, advierte que “la medida no implica prórroga ni suspensión alguna de los vencimientos establecidos para la presentación de declaraciones juradas ni para el pago de obligaciones tributarias, que continuarán rigiendo conforme al cronograma vigente”.

De acuerdo a lo indicado en ARCA, el organismo adoptó un criterio uniforme y nacional, fijando su propio calendario de feria entre el 14 y el 25 de julio. Esta definición se apoya en las previsiones de la Resolución General 1.983 y sus modificatorias, que establecen los lineamientos para la suspensión de plazos durante las ferias.

Según indicó ARCA, se busca que haya una coincidencia con las vacaciones escolares de invierno de este año en la mayoría de las provincias, que también suelen coincidir con la feria judicial.

La resolución indica que “los plazos administrativos suspendidos comprenden, entre otros, aquellos vinculados a la presentación de descargos, respuestas a requerimientos, interposición de recursos o cualquier otro acto que dependa de un plazo procedimental”.

“Una vez finalizada la feria, dichos plazos retoman su curso desde el primer día hábil siguiente”, dice la medida.

Es de aclarar que “la suspensión no alcanza a los vencimientos de declaraciones juradas ni al pago de tributos”.

“Es decir, durante la feria fiscal se mantiene el calendario de vencimientos impositivos y aduaneros, por lo que los contribuyentes deberán cumplir con dichas obligaciones sin alteraciones”, aclara la medida..

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